Masaje en el fisio

La manipulación en zonas íntimas sin consentimiento expreso puede constituir agresión sexual aunque el cliente no proteste

Masaje en el fisio

Masajear las zonas íntimas, aunque pudiera estar indicado para tratar la dolencia por la que se ha acudido al profesional, requiere la previa advertencia del cliente o paciente y obtención de su consentimiento expreso. De no hacerlo, podría constituir un delito de agresión sexual por parte del profesional, aunque el cliente no proteste de forma expresa durante la sesión.

Se ha confirmado la condena a cuatro años de prisión a un fisioterapeuta que masajeó a una paciente, que había acudido a sus servicios aquejada de dolores en la zona cervical, en diferentes zonas de su cuerpo, incluyendo pubis, vagina y pechos. En ningún caso el acusado había indicado que le haría un tratamiento de esas características, sin que tampoco le solicitara consentimiento para ello. A raíz de estos hechos, la víctima estuvo de baja laboral diagnosticada con un «cuadro de ansiedad».

Para los tribunales, las prácticas del profesional con la paciente obedecían a motivaciones incompatibles con el correcto ejercicio profesional. Aunque de manera abstracta pudieran ser congruentes con prácticas sanitarias, en concreto, no lo eran. No hubo indicación terapéutica específica que se asumiera por la paciente y aunque el acusado creía que contaba con su consentimiento, no hay sustento probatorio para deducirlo. El silencio ante ambiguas menciones del profesional tampoco es consentimiento. 

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